Ya están disponibles las bases de la Convocatoria de Ayudas Sociales AMIFP 2026 para el fomento de la autonomía y la prevención de la dependencia, dirigidas a personas con discapacidad beneficiarias–socias numerarias de AMIFP.

Estas ayudas tienen como objetivo compensar parcialmente los gastos realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 para la cobertura de necesidades derivadas de la discapacidad.

Podrán solicitar las ayudas:

  • Socio/a numerario/a con discapacidad.
  • Socio/a numerario/a a cargo de la persona con discapacidad beneficiaria.

Los requisitos son:

  • Estar al corriente de pago de la cuota de nuestra Asociación.
  • Contar con un certificado de discapacidad ≥ 33%.

Las ayudas podrán solicitarse del 1 al 31 de enero de 2027.

Atención terapéutica

Gastos derivados de las siguientes terapias, previa prescripción facultativa: logopedia, estimulación, psicomotricidad, fisioterapia, psicoterapia individual y grupal, terapia ocupacional, natación terapéutica, terapias alternativas (animales, música, etc.) y entrenamiento de fuerza (gimnasio, pilates, etc.).

Ayudas técnicas y sanitarias

Adquisición o alquiler de productos de apoyo y tratamientos relacionados con: tratamientos y productos odontológicos, salud ocular (lentillas, gafas, lupas, cirugías, bioestimulación oftálmica, consultas y seguimientos preventivos), salud auditiva (audífonos, implantes cocleares, cirugías, mantenimiento y reparaciones), material ortoprotésico y productos de posicionamiento, productos de apoyo a la comunicación (tablets, comunicadores, ordenadores personales y mantenimiento), y gastos de atención sanitaria no cubiertos por seguros públicos o privados. En los productos de apoyo y comunicación deberá acreditarse la relación directa con la discapacidad reconocida mediante informe facultativo.

Accesibilidad

Ayudas destinadas a: la adaptación de vehículos propiedad de la persona con discapacidad o de la persona a cuyo cargo se encuentre, acreditando movilidad reducida, y adaptaciones menores en vivienda habitual relacionadas directamente con la discapacidad (pasamanos, barras de apoyo, camas articuladas, grúas, sistemas de transferencia, etc.).

Ayudas para el ocio y tiempo libre

Actividades vacacionales (de 2 a 15 días de estancia), campamentos urbanos y cuotas de clubes de ocio. Se incluyen los gastos de transporte vinculados a estas actividades.

Conciliación y respiro familiar

Apoyos temporales, acompañamientos y/o estancias en centros especializados, así como gastos de transporte ocasionados por visitas a personas con discapacidad beneficiarias de AMIFP que residan fuera de la unidad familiar.

Asesoramiento jurídico

Consultas sobre asuntos relacionados con la discapacidad. Quedan excluidos los gastos judiciales, abogado, procurador y notaría.

Formación

Formación reglada o no reglada, siempre que no esté financiada totalmente por fondos públicos y/o privados. Se incluyen gastos de comedor vinculados a la asistencia a centros formativos. Quedan excluidos los gastos de material escolar.

Ayudas en situaciones excepcionales

Casos extraordinarios debidamente acreditados mediante informe del equipo de trabajo social de AMIFP y que no puedan ser atendidos mediante ninguna de las ayudas anteriores.

La partida total presupuestaria destinada a estas ayudas es de 60.000 euros. La cuantía concedida no podrá superar el 50% del gasto realizado, con un límite máximo de 300 €, salvo en las ayudas destinadas a “situaciones excepcionales”, cuyo límite será de 500 €.

En caso de que el importe total de las ayudas concedidas supere la partida presupuestaria prevista, se procederá a una reducción proporcional entre todas las ayudas concedidas.

En ayudas susceptibles de ser utilizadas por más de una persona beneficiaria dentro de la misma unidad de convivencia, se concederá una única ayuda.

Preferentemente telemática, a través de un formulario que habilitaremos próximamente en este mismo espacio web.

También se podrá presentar:

  • Por email: ayudas@amifp.org
  • Por correo postal.
  • Presencialmente en nuestra sede central:

AMIFP – Complejo Policial de Canillas
C/ Julián González Segador, nº2
28043, Madrid

  • En otras delegaciones de AMIFP.

Se cumplimentará una única solicitud por cada persona beneficiaria, acompañada de:

  • Formulario de solicitud.
  • DNI del socio/a numerario/a y de la persona beneficiaria.
  • Certificado de discapacidad y dictamen técnico facultativo.
  • Grado y nivel de dependencia (si aplica).
  • Libro de familia.
  • Acreditación de familia numerosa o monoparental (si aplica).
  • Facturas a nombre de la persona beneficiaria, firmadas y selladas por la entidad correspondiente.

No será necesario volver a aportar documentación ya existente en AMIFP si esta no ha sufrido modificaciones.

Las solicitudes serán revisadas por la Comisión Técnica de Valoración de AMIFP, formada por el director-gerente y el equipo de trabajo social.

La Junta Directiva resolverá las solicitudes en un plazo máximo de 2 meses desde la finalización del plazo de presentación. Las personas solicitantes recibirán notificación de concesión o denegación en un plazo máximo de 10 días desde la resolución. En caso de concesión, el pago de la ayuda se realizará mediante transferencia bancaria en un plazo máximo de 15 días desde la notificación.

Estas ayudas serán compatibles con cualquier otra ayuda de la misma naturaleza y finalidad, siempre que no se supere el gasto total realizado.